viernes, 28 de abril de 2017

ÁLAVA: CREACIÓN DE UNA ESCUELA DE PÁRVULOS EN SANTA CRUZ DE CAMPEZO (1932)

COPIA EXACTA DEL ACTA LEVANTADA CON MOTIVO DE LA CREACIÓN DE LA ESCUELA NACIONAL DE PÁRVULOS EN SANTA CRUZ DE CAMPEZO  (ÁLAVA)
Don Hermes Mendaza y Ciervide secretario del ayuntamiento de Santa Cruz de Campezo
Certifico que con esta fecha se ha levantado un acta cuya letra dice así:
ACTA
En la Villa de Santa Cruz de Campezo y siendo las diez horas del día trece de Octubre  de mil novecientos treinta y dos, se reunieron en la Casa Ayuntamiento, la Señora Inspectora de Primera Enseñanza de la provincia Doña Isabel Romero Sanjuan y el Inspector Municipal de Sanidad, D. Eduardo López Cordero, el Señor Maestro Albañil, D. Venancio Balza Cano, y el Secretario de la corporación municipal D. Hermes Mendoza Ciervide, con objeto de formar la Comisión  que prescribe la R.O. de veintiuno de Abril de mil novecientos diez y siete,sobre creación de escuelas. Leída tal disposición se acordó visitar y reconocer el local y el material dispuesto para la Escuela nacional de párvulos creada provisionalmente por Orden de quince de Julio del año actual publicada en la Gaceta del día veintidós del mismo mes. Los individuos de la Comisión hacen constar en acta bajo juramento los siguientes extremos:
A). Que la Escuela de que se trata se  instala en la villa de Santa Cruz de Campezo, ayuntamiento del mismo nombre, Partido judicial de Laguardia.
B) Que se calcula un material escolar (sic) de   sesenta niños como  máximum, comprendidos en la edad de tres a seis año- ( creo que es un error de escritura, ya que debe referirse  a “una matrícula de”, que sería la redacción correcta, los niños no son “material escolar”)
C) Reconocido el local no ofrece condiciones. Se acepta condicionalmente, en vista de que el Ayuntamiento, no obstante,  su buen deseo, no puede ofrecer otro por la imposibilidad material de encontrarlo dentro del plazo legal y teniendo presente que está en proyecto la próxima construcción de un edificio en condiciones, subvencionado por la Diputación, comprometiéndose además el ayuntamiento en caso de que este proyecto se demorase mucho a proporcionar siempre un local en condiciones.
D) El local está alquilado por el ayuntamiento comprometiéndose éste a abonar los alquileres.
E) El mobiliario y material adquirido conforme nota facilitada por la Inspección es nuevo y moderno y consta de los siguientes objetos:
ü  Cuarenta butaquitas de mimbre
ü  Un encerado con trípode y cuatro encerados de pared, efectos que se halla presentes en el momento de la visita
El señor secretario exhibe  factura de la librería de la señora viuda e  hijos de Linacero que comprende el material restante adquirido por el ayuntamiento que no ha podido suministrar  hasta ahora por falta de tiempo y que a continuación se expresa:
ü  Carpeta y escribanía  de la maestra
ü  Sillón y dos sillas
ü  Diez mesitas planas
ü  Dos bancos largos
ü  Colección de frisos infantiles para la pared
ü  Armario con botiquín escolar
ü  Reglas, compás y cartabón para encerado
ü  Alfabeto de letras sueltas de madera
ü  Veinte cartillas de Homs
ü  Veinte ejemplares “Mi primer libro” de Dalmau
ü  Un compendium métrico
ü  Una esfera terrestre
ü  Láminas de historia natural y de lecciones de cosas
ü  Una caja de dones de Froebel
ü  Dos cajas de clarión blanco y una de color
ü  Cuarenta pizarritas de mano
ü  Dos cajas de pizarrines
ü  Dos cajas de lapiceros negros, de colores y gomas de borrar
ü  Una docena de cartulinas blancas
ü  Una docena de cartulinas de color
ü  Cuatro pliegos de lija
ü  Un sello con tampón
ü  Dos cajas de portaplumas baratos y dos portaplumas buenos
ü  Un frasco de tinta buena
ü  Cuatro paquetes de tinta en polvo
ü  Diez tinteros (5 de metal y 5 de porcelana)
ü  Registros reglamentarios
ü  Perchas y útiles para la limpieza y aseo (escoba, plumero, paños de polvo, toallas, lavabo)
ü  Un escudo y bandera nacionales
El Ayuntamiento en sesión  ordinaria celebrada en ocho del último, acordó consignar el crédito necesario para el pago de los gastos a que dé lugar la creación de la Escuela, y proporcionar casa habitación  en condiciones para la nueva maestra.
El inspector municipal de Sanidad manifiesta que el local reconocido puede aceptarse por sus condiciones higiénicas teniendo en cuenta las salvedades hechas oportunamente.
El señor Maestro Albañil hace constar que  reúne condiciones de seguridad.
Cumplido el objeto propuesto se acordó solicitar de la Superioridad la creación definitiva de la Escuela citada, extendiendo y  firmando la presente acta, de la que se sacan tres copias reglamentarias, a fin de quedando el original en la Inspección de Primera Enseñanza de Álava, se eleve una a la Dirección General de Primera Enseñanza, se archive otra en el Ayuntamiento de Santa Cruz de Campezo y la restante se entregue a la primera maestra titular que se nombre.
Y para que conste y para entregar a la señora Maestra que se nombre se expide la presente en Santa Cruz de Campezo a trece de octubre de mil novecientos treinta y dos.
Lleva el Vº Bº de la señora Inspectora Isabel Romero. La firma del Secretario Hermes Mendaza. Rubricado.
Santa Cruz de Campezo a 5 de Febrero de 1933
La Maestra. María Blanca Rodrigo
(Copia realizada por la maestra firmante en el libro de contabilidad de la escuela folios 1-5)


F. Trancón 


No hay comentarios:

Publicar un comentario