DEBERES ESCOLARES
(Francisco
Trancón Pérez)
Los
medios informativos se han hecho eco estos días
de un comunicado de la Confederación
Española de Asociaciones de Padres y Madres del (CEAPA) de centros públicos , instando a las familias de las distintas
comunidades autónomas a que sus hijos no
realicen tareas escolares durante los fines
de semana de noviembre, argumentando que “los deberes invaden el tiempo de las
familias”; “vulneran el esparcimiento de los niños, el derecho al esparcimiento,
al juego y a participar en las actividades artísticas y culturales”
Por
su parte la Confederación
Católica Nacional de Padres de Familia y padres de Alumnos (CONCAPA), de la escuela privada concertada, se manifiesta en contra de la medida adoptada por la confederación de colegios
estatales, defendiendo que "Los
deberes deben existir en una medida proporcionada y acorde al nivel educativo.
Hay unas mesas de debate donde discutirlo, pero estamos en contra de convertir a
los menores en insumisos".
La
preocupación por los deberes no es nueva, señalo algunas disposiciones
legislativas por regular el tema en esta
materia de la realización de tareas escolares fuera de horario lectivo:
Decreto
de 31 de mayo de 1957. Es la primera referencia normativa que puede encontrarse
en este aspecto, considera que “queda
prohibido encomendar a los alumnos trabajos para ejecutar fuera del Centro”
Resolución
de 13 de noviembre de 1964; Decreto 1106/1967, de 31 de mayo de 1967; Resolución
de 3 de octubre de 1973 (BOE de 18 de
octubre de 1973) por la que se regula la realización de trabajos escolares
fuera de los Centros de Educación Básica.
Ley
Orgánica 2/ 2006 de Educación (LOE), modificada parcialmente por la Ley
Orgánica de Mejora de la Calidad Educativa (LOMCE) 8/2013, señala en su
artículo 121.5, al regular el Proyecto educativo de centro que: “los centros
promoverán compromisos educativos entre las familias o tutores legales y el
propio centro en los que se consignen las actividades que padres, profesores y
alumnos se comprometan a desarrollar para mejorar el rendimiento académico del
alumnado.”
Las
consejerías de educación de Castilla y
León, Navarra, País Vasco- entre otras- son partidarias de la práctica de los deberes,
pero controlados y que no supongan una carga excesiva de tiempo y puedan ayudar
a alumnado
La Asamblea de Madrid ha aprobado una proposición no de ley para regular los
deberes escolares
En Galicia
una orden del 22/06/1997 prohibe los deberes en los centros de educación primaria en los cursos inferiores y los
limita mucho en el resto.
El
debate generado contempla toda una serie de opiniones- más o menos interesantes
sobre el tema- pero polarizada en dos conceptos: deberes a favor o en contra.
Tanto
partidarios como detractores de los deberes ofrecen – a veces- argumentos poco documentados, basándose en encuestas de
dudosa fiabilidad o valoraciones personales, algunas de ellas utilizando tópicos cargados de demagogia.
Los
estudios científicos sobre esta materia no definen – en la mayoría de las circunstancias-
el objeto investigado en toda su complejidad, afectando a la validez de las
variables y a la fiabilidad de los
resultados.
(Scheerens
y cols., 2013) indican que la estimación entre el tiempo invertido en los
deberes o tareas escolares en el hogar y los resultados educativos es un tópico
controvertido, contradictorio y complejo.
Señalan que entre 2005 y 2011 en
más de 40 países se analizaron 128 efectos del tiempo de deberes sobre el
rendimiento escolar, sosteniendo que los resultados de esta síntesis de
investigación difícilmente podrían ser más dispares.
Otros
estudios ponen de manifiesto que aquellos estudiantes con niveles altos de
rendimiento muestran, en general, una mayor implicación en los deberes
escolares, especialmente en lo que se refiere a la cantidad y al
aprovechamiento del tiempo, (explicación sesgada, porque no determina lo que
ocurre con alumnos menos dotados)
José Carlos Núñez del departamento de psicología de la universidad de Oviedo se muestra
partidario con los deberes, aconsejando
que el tiempo adecuado se debe calcular según la fórmula de multiplicar
el curso en el que está el niño por diez minutos, porque a partir de ahí el
proceso de atención se reduce.
Existen
experiencias de centros docentes sobre el tema.
En
un colegio madrileño que han adoptado una metodología basada
en el “aprendizaje por proyectos”, han eliminado los deberes, ya que no utilizan libros de
texto que a su juicio son los que marcan el programa y las actividades del
alumnado.
Algo parecido, pero no igual, he observado personalmente en mis
visitas de inspección en la red de
centros públicos “Amara Berri”, en Euskadi. Estos colegios desarrollan su
propia metodología educativa trabajando a través de lo que denominan
"contextos" (áreas de aprendizaje por las que los alumnos van pasando
y trabajando en grupos),
Cuando se establece alguna
tarea fuera del centro, se ponen de acuerdo con la familia, explicando en qué consiste el trabajo y cuál puede ser el
grado de colaboración de los padres.
En
una visita a un colegio de los
escolapios, invitado por mis colegas inspectores de Barcelona, el jefe
de estudios, me informa que los llamados
deberes escolares, él prefiere
nombrarlos como “actividades voluntarias” (término muy apropiado que
sustituye al vocablo “deber”, con connotaciones coercitivas) son sugeridos a los
escolares y éstos los realizan, individualmente o en grupo, pudiendo solicitar asesoramiento
del profesorado según estimen oportuno, no influyendo para ello en las notas de
la evaluación, aunque en el “cuaderno del
alumno”, consta el trabajo realizado, para que la familia sepa lo que ha hecho.
Esto afecta a los escolares a partir de cuarto curso de primaria.
Los
deberes, actividades escolares fuera del centro o como se le quiera llamar,
están de moda, al menos publicitariamente.
Tareas
de este tipo seguirán realizando los
centros, pero tienen que estar sometidas
a una revisión, evitando los posibles errores en cuanto al contenido,
tiempo y las interferencias con las
actividades extraescolares.
Este
tipo de tareas no deben suponer un
aumento o compensación del programa escolar, en todo caso un afianzamiento en
las materias. Se valorarán aspectos
positivos: fomento de hábitos de estudio, participación de la familia en cuanto al seguimiento,
trabajo autónomo, desarrollo de la
creatividad, etc.
Por
supuesto se debe obviar todo lo que
afecte a la discriminación con los alumnos más
desfavorecidos, carga horaria, etc.
Estas
actividades han de ser revisadas por el profesorado. Surge aquí una dificultad, ¿en qué horario,
cuánto tiempo? Las tareas de esta naturaleza han de reflejarse en el plan
educativo del centro, estar consensuadas con la comunidad educativa a través de
sus órganos de representación (consejo escolar, APA, etc.) y no considerar a dichos
trabajos una sobrecarga que prive al escolar de su tiempo libre, ni un capricho
arbitrario de los docentes. Si no están legitimadas y aceptadas por todos los
agentes implicados en las responsabilidades educativas, no se tendrían que realizar.
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